Miércoles, 23 Diciembre 2020

Diputados aprobó la Ley sobre Mecenazgo Cultural

Histórico aporte para el sector cultural. Se trata de una herramienta de promoción, financiamiento y asistencia en el ámbito artístico.

En la jornada de este miércoles, la Cámara de Diputados llevó a cabo la Primera Sesión Especial en la cual se aprobó el proyecto de Ley sobre Mecenazgo Cultural.

Esta importante propuesta fue presentada por el Poder Ejecutivo y contiene los aportes que realizó el Sector Cultural en el marco del Acuerdo San Juan.

El objeto de esta iniciativa que tuvo despacho favorable en comisiones es, estimular e incentivar la participación privada en el financiamiento de proyectos culturales. Además, pretende contribuir a aunar esfuerzos públicos y privados para aumentar la creación de bienes culturales y promover un acceso más amplio y democrático a su producción y recepción.

De esta manera, tras la aprobación de esta Ley se creará un Régimen de Promoción Cultural de la Provincia de San Juan, el cual es aplicable a personas humanas o jurídicas que financien con aportes dinerarios, proyectos culturales de interés para la provincia.

Para dicha aplicación de este régimen, se dispondrá de un Consejo de Mecenazgo Cultural que estará bajo la órbita del Ministerio de Turismo y Cultura, integrado por representantes del Gobierno y personalidades destacadas del ámbito artístico.

Por su parte, los proyectos culturales que serán atendidos por el presente régimen de Promoción Cultural deben estar relacionados con la investigación, capacitación, formación, educación, difusión, circulación, creación y producción en las diferentes áreas del arte y la cultura, y deberán encuadrarse en algunas de las siguientes categorías:

  1. a) Creación, producción, difusión o circulación de obras artísticas
  2. b) Capacitación, formación o perfeccionamiento
  3. c) Investigación

Los proyectos culturales deben encuadrarse en una o varias áreas de desarrollo artístico las que pueden ser:

  1. Teatro.
  2. Circo, murgas, mímica y arte urbano.
  3. Danza y Ballet.
  4. Música
  5. Letras, poesía, narrativa, ensayos y toda otra expresión literaria.
  6. Artes visuales
  7. Artes audiovisuales o Arte digital.
  8. Artesanías.
  9. Patrimonio cultural. Equipamiento. Restauración y recuperación de obras y edificios históricos o culturales.
  10. Diseño. Diseño gráfico y Diseño Industrial.
  11. Producciones literarias, publicaciones y publicaciones culturales periódicas.
  12. Producción de contenidos artísticos y culturales para medios.
  13. Sitios de internet con contenido artístico y cultural.
  14. Opera.
  15. Canto.

 

“Un logro muy importante para el desarrollo cultural”

La Secretaria de Cultura, Virginia Agote hizo mención sobre la ley sancionada y los múltiples beneficios que recibirán los hacedores culturales.

“El Mecenazgo Cultural da una respuesta clara al reclamo del sector cultural, genera trabajo, dinamiza la economía relacionada con las Industrias Culturales, genera crecimiento turístico, aumentando los ingresos del sector, incrementa el valor patrimonial del espacio público y privado, permite una mayor transparencia en la concreción de proyectos culturales, además contribuye a la transformación de la Ciudad en Metrópolis, y en definitiva coloca a la Provincia de San Juan en la vanguardia nacional”, destacó la funcionaria.